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«No existe sabio que lo sepa todo, ni ignorante que no sepa nada».


29 de abril de 2010

ANÁLISIS SOBRE UNA SEVERA LEY ESTATAL DESTINADA A COMBATIR LA INMIGRACIÓN ILEGAL [24.04.2010]

Esta mañana de hoy jueves 29 de abril del presente año, al revisar el diario de hoy, en El Universal me llamó la atención una noticia que dice: "Una ley severa que se veía venir" y que quisiera comentar un poco al respecto. Cuando uno lee un encabezado de alguna noticia generalmente resulta alarmante, sin embargo no lo es del todo pero me parece importante conocer de qué trata.


Pues bien, resulta que nuestros vecinos del norte, concretamente en Arizona (y digo concretamente porque de acuerdo a la nota es en este lugar en donde se aprobó dicha ley), una legislatura estatal en manos de los republicanos se han promovido una serie de medidas contra los indocumentados en la última década, pero tropezó con la oposición de la gobernadora demócrata Janet Napolitano, hoy secretaria de Seguridad Nacional. Los republicanos aprovecharon la llegada de Jan Brewer, correligionaria, para lograr la aprobación de la ley.


Ellos señalan que los índices de indocumentados que han intentando cruzar ilegalmente la frontera ha aumentado considerablemente por lo que la cantidad de droga que ingresa a Arizona es monumental. Phoenix sufre asimismo una ola de secuestros extorsivos relacionados con el narcotráfico y el contrabando de personas. En años recientes ha habido un secuestro por día, algunos de los cuales dieron lugar a torturas y asesinatos macabros. El punto es que indocumentados argumentan que les son violados sus derechos humanos y las medidas (que no se especifican claramente) son desde luego excesivas.

Ahora bien yo comento esto porque considero que la manera en que Estados Unidos crea sus leyes es un tanto arbitraria pues al ser un país cuyo sistema jurídico pertenece a la famila anglosajona, tiene un criterio menos limitado que el nuestro, por decirlo de alguna manera. En México nuestro sistema jurídico pertenece a la familia neorromanista y cuando nos oponemos a alguna ley, que desde luego provenga de un país como Estados Unidos es un tanto complejo entender la imposición de sus leyes. Sin embargo podríamos emplear fuentes del Derecho como los tratados internacionales que firman estos países. De este modo se facilita entender por qué sus sistemas jurídicos puedan funcionar de esa manera.

En resumidas cuentas, la visión que nosotros muchas veces solemos tener sobre la imposición de las leyes aprobadas en Estados Unidos no siempre depende de que las veamos como si perteneciera a nuestra misma familia jurídica. Es en ese sentido en el que podemos valorar la importancia de un estudio de Derecho Comparado. En este caso particular, habríamos que estar al tanto de lo que opina nuestro gobierno federal.

EVALUACIÓN DEL AVANCE HASTA HOY EN SISTEMAS JURÍDICOS

En la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México se imparte en el tercer semestre de la carrera la asignatura de "Sistemas Jurídicos", una materia que desde mi punto de vista, es de cierta utilidad y le reconozco su importancia para la formación del abogado. Esta materia como bien lo hemos mencionado un sin número de veces en mi clase, nos permite tener las herramientas básicas y fundamentales para hacer un estudio y análisis de Derecho Comparado.

Hasta el día de hoy, hemos tratado de romper con un esquema de modelo educativo tradicional para adquirir el conocimiento requerido, hemos llevado a cabo una metodología diferente que no ha sido del todo productiva y por ende no hemos conseguido resultados totalmente positivos y favorables a nuestro propósito fundamental en la materia.

Una de las observaciones que le haría concretamente a la clase es que hay una falta de incentivos que no estimulan el interés y el gusto por la materia como tal. Reconozco el esfuerzo tanto del profesor como de los compañeros que integramos la clase (por mínimo que este parezca para algunos), pero creo que no ha sido el suficiente. El sistema de exposiciones lo he llegado a considerar inapropiado para nuestra clase, o al menos pienso que en la mayoría de ellas [por decirlo de una forma elegante] hemos ocupado nuestro tiempo de manera inadecuada.

Por otro lado, las "técnicas de aprendizaje" que el profesor nos ha tratado de sugerir han tenido cierto efecto positivo en varios de los compañeros. Debo admitir que en ninguna de las clases que he tomado hasta este momento, he empleado las redes sociales para debatir o cuestionar algún tema relevante sobre Derecho (salvo el correo electrónico), un aspecto muy rescatable de la clase.

En resumen, a un mes de terminar el semestre ( o mas bien: cuatrimestre) debemos tomar conciencia de que en primer lugar no estamos en cualquier Universidad; creo yo que si la UNAM se caracteriza por tener universitarios y académicos ejemplares, debemos de defender ese título, o al menos esa es mi opinión al respecto. Si estuviera en una universidad cualquiera, seguramente ni me tomaría la molestia de escribir estas palabras. Por tanto, ¡asumamos nuestro papel que nos corresponde que aún estamos a tiempo de mejorar nuestro curso!

EXPOSICIÓN DE LA FAMILIA JURÍDICA NEORROMANISTA

A esta familia jurídica pertenecen los países en los que la ciencia jurídica se ha construido sobre la base del Derecho Romano. En dichos países las normas jurídicas se conciben como normas de conducta vinculadas estrechamente a preocupaciones de justicia y de moral. Debido a razones históricas, el derecho es elaborado especialmente con el fin de ordenar las relaciones entre los ciudadanos; las restantes ramas del Derecho se han elaborado sólo posteriormente y con menor rigor siempre a partir de los principios del “Derecho civil”, que [como dirían algunos profesores de la Facultad de Derecho] continúa siendo por excelencia el centro de la ciencia jurídica.


En razón de ello, podríamos destacar las características más sobresalientes de esta familia jurídica que son: (1) el Derecho es elaborado a fin de ordenar las relaciones sociales, (2) la base fundamental de los derechos, es el Civil, (3) la doctrina se interesa, fundamentalmente por la determinación de la normatividad que tiene como fin la moral y la justicia, (4) la administración y la aplicación del derecho se dejan a la jurisprudencia que es la fuente principal del Derecho en esta familia y (5) se trata de un Derecho legislado o escrito, en el que se recurre típicamente a la técnica de la codificación.


La familia neorromanista se extiende actualmente a América Latina, gran parte de África, Indonesia y el continente europeo y en un principio esta afirmación era hipotética. Sin embargo al comparar algunas instituciones jurídicas comprobamos que esto en efecto es verdad. En un análisis de Derecho Comparado nos percatamos de que países como Francia, Italia, España, Portugal y la gran mayoría de países de América Latina comparte con el sistema jurídico mexicanos ciertas instituciones jurídicas y entre otras cosas antecedentes muy en particular. Instituciones como el Matrimonio (en México ya regulado entre personas de sexo indistinto ), Adopción (con algunas regularidades en los requisitos para adoptar como la edad), las Obligaciones, los Contratos y en gran medida el Derecho Sucesorio.